Relación de la Convención Colectiva con la Seguridad Laboral

CONVENCIÓN COLECTIVA Y SALUD LABORAL
"Favorecer la difusión de buenas prácticas en la negociación colectiva en salud laboral es una buena manera de promoverla.
La presencia de la salud laboral en los convenios colectivos y en el diálogo y negociación que cotidianamente se desarrolla entre empresarios y sindicatos contribuye a la salud de los trabajadores.
No sólo no hay contradicción entre regulación normativa y acuerdos entre las partes a nivel de empresa o de sector, sino que cuanto mejor funcione una, más se puede desarrollar la otra.
De hecho, en los países con un mejor y mayor desarrollo de la salud laboral existe un fuerte marco normativo y reglamentario producido por la administración, un numeroso y bien preparado cuerpo de inspección pública para vigilar –y sancionar en su caso- su cumplimiento, y también una importante y dinámica tradición de diálogo y pacto en los niveles sectoriales y de empresa entre empresarios y sindicatos.
Es esta cultura la que entre todos debemos contribuir a implantar en nuestro país y en nuestras relaciones laborales. La democracia industrial es algo que se construye cotidianamente. El desarrollo de la salud laboral es un buen indicador del estado de ésta y de nuestras relaciones laborales a todos los niveles." (ISTAS, s.f.)


COMISION SINDICAL DE SALUD Y SEGURIDAD LABORAL
"Crear una Comisión sindical de Salud y Seguridad es el primer paso de un programa de salud y seguridad de un sindicato. Para hacerlo no es necesario que intervengan las autoridades ni tampoco el empleador. La función de la comisión sindical consiste en:
  • responder a las preocupaciones de los trabajadores;
  • iniciar acciones a propósito de los riesgos que detecte;
  • instruir a los trabajadores sindicados en materia de salud y seguridad;
  • colaborar con los delegados sindicales para representar a los trabajadores que tienen reclamaciones sobre salud o seguridad.
Si en el lugar de trabajo no existe una Comisión conjunta de Salud y Seguridad entre los trabajadores y la dirección, la comisión sindical tendrá que negociar directamente con la dirección. Si existe una comisión conjunta, la comisión sindical deberá designar representantes en la Comisión conjunta. La comisión sindical puede ser el lugar en que se instruyan los miembros de la Comisión conjunta y se efectúe la labor de documentación necesaria para conocer a fondo y demostrar los riesgos que pueden existir en el lugar de trabajo y contrarrestar los argumentos de la dirección." (OIT, s.f.).
"DATOS IMPORTANTES:
  1. Los sindicatos deben organizar, instruir y adoptar medidas para resolver los problemas de salud y seguridad. Una de las formas más eficaces de hacerlo es establecer Comisiones de Salud y de Seguridad.
  2. Las estructuras, las facultades, los procedimientos de actuación y el número de comisiones variarán de un lugar de trabajo a otro.
  3. En algunos países, existen leyes que disponen que se creen Comisiones conjuntas de Salud y Seguridad entre los trabajadores y la dirección. La comisión conjunta debe plantear distintas cuestiones a la dirección de la empresa.
  4. La comisión sindical desempeña un papel esencial para resolver las preocupaciones en materia de salud y seguridad en el lugar de trabajo. Corresponde a la comisión sindical representar a los trabajadores a propósito de cuestiones sobre salud y seguridad. Es especialmente necesario que haya una comisión sindical si no existe una comisión conjunta.
  5. Establecer una Comisión sindical de Salud y Seguridad es el primer paso de la aplicación de un programa sindical de salud y seguridad y no hace falta que en ello intervengan las autoridades ni tampoco el empleador.
  6. Si no existe una comisión conjunta, la comisión sindical tendrá que discutir los problemas directamente con la dirección.
  7. Los miembros de la comisión sindical deberán representar a todas las zonas de trabajo. Deberá haber miembros de la comisión en cada turno laboral.
  8. La comisión sindical deberá reunirse cuando sea necesario, pero por lo menos una vez al mes.
  9. La comisión sindical deberá elaborar un informe de sus actividades antes de cada reunión.
  10. Uno de los deberes más importantes de la comisión sindical es ayudar a elaborar y aplicar programas de formación e instrucción en materia de salud y seguridad destinados a los miembros del sindicato.
  11. La comisión sindical puede efectuar investigaciones sobre problemas concretos en materia de salud y seguridad con miras a las negociaciones de la comisión conjunta con la dirección.
  12. Todos los trabajadores deben tener derecho a negarse a hacer cualquier labor que ponga en peligro su salud o seguridad, derecho que puede proteger una ley concreta o bien estar comprendido en la legislación general.
  13. En algunos países, la ley exige que el empleador permita a un trabajador designado por el sindicato acompañar a los inspectores oficiales al interior del lugar de trabajo. Los miembros de la comisión sindical deberán ser personas designadas. En caso contrario, esfuércese porque figure esta representación en el convenio colectivo."(OIT, s.f.)


Bibliografía:
  • Negociación colectiva y salud laboral (s.f.). Istas. Recueperado de: http://www.istas.net/web/index.asp?idpagina=106
  • La Salud y la Seguridad en el Trabajo, LAS COMISIONES DE SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO (s.f.). Organización Internacional del trabajo. Recuperado de: http://training.itcilo.it/actrav_cdrom2/es/osh/com/comain.htm

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